Amparo
Ordenanza municipal / Ilegalidad y arbitrariedad manifiesta / Alcance del criterio de razonabilidad / Derecho al deporte /A la luz del art. 43 C.N. y el art. 48 de su par provincial, la acción de amparo debe transitar por el insoslayable carril de la arbitrariedad e ilegalidad manifiesta a los efectos de su procedencia.
En efecto, se trata de un proceso constitucional autónomo, caracterizado como una vía procesal expedita y rápida, condicionada -entre otros recaudos- a que el acto u omisión impugnado, en forma actu...
Tribunal: T.S.J. en pleno
Autos: Murgia Claudio Javier c/ Municipalidad de Villa Carlos Paz
Revista Nro: 177
Nro Página: 228