Amparo

Existencia de vía judicial más idónea / Alcance /

Las prescripciones del art. 2º incs. a y d de la ley 4915, al igual que todo su texto, deben interpretarse a la luz del art. 43 de la Constitución Nacional reformada en 1994, que ha establecido la procedencia de dicha acción «siempre que no exista otro medio judicial más idóneo». Hoy, frente al texto del nuevo art. 43 de la Carta Magna, no puede sostenerse ya como requisito de procedencia la «ine...
Tribunal: Cámara 2ª Cont. Adm.
Autos: Ciudad de Córdoba SACIF c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 177
Nro Página: 228

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