Ejecución de la pena

Concurso de agravantes / Uso de arma de fuego / Aplicación de la agravante genérica al delito básico /

La agravante genérica prevista por el art. 41 bis C.P. tiene un doble carácter, esto es por un lado una agravación genérica y por el otro una ampliación de los tipos penales de la parte especial, pues este segundo aspecto permite preservar el principio de culpabilidad, y las limitaciones subjetivas de la participación criminal, pues para proceder a la agravación exige que la utilización de un arma...
Tribunal: Cámara 2ª en lo Criminal
Autos: Cuevas, Ángel de Jesús y otro p.ss.aa. homicidio calificado

Revista Nro: 178
Nro Página: 225

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