Recurso de casacion penal

Fundamentación: Indicación de cada motivo con sus fundamentos / Sujeto activo de la impugnación / Impugnabilidad subjetiva: Sujetos con derecho a recurrir en el C.P.P. / Motivo: no lo son los honorarios /

1. Con arreglo a lo dispuesto por el art. 496 del Código Procesal Penal, para que el recurso de casación sea formalmente procedente, además de otros requisitos, «deberá indicarse separadamente cada motivo con sus fundamentos ...» 2. En la normativa del Código Procesal Penal el derecho a recurrir en casación le corresponde al Ministerio Fiscal, al querellante, al imputado, al actor civil o al dema...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Reyna, José Antonio

Revista Nro: 2
Nro Página: 180

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