Perención de instancia

Teoría de los actos propios / Concepto /

En virtud de la doctrina de los actos propios, nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos, invocando un derecho o ejerciendo una conducta incompatible con una anterior deliberada y jurídicamente relevante, que importó una renuncia tácita que invalida la pretensión actual; es decir, para que quede configurada se requiere la existencia de un hecho, ...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Río Tercero
Autos: Galleti de Sastre, Aurora Margarita y otros c/ Alberto Pedro Rinaldi

Revista Nro: 99
Nro Página: 298

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase