Ley 24.283

Su aplicación / Acción con fundamento en el derecho común /

Se debe aplicar la ley 24.283 en virtud de tratarse de una norma de carácter general donde no se ha efectuado excepción de naturaleza alguna. Si el párrafo segundo del art. 1º expresa que “... será aplicable a todas las situaciones jurídicas no consolidadas...”, al haberse utilizado el adverbio todas, no queda ninguna de las que pudieran existir, excluía de su aplicación en cuanto al tope establec...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala IV
Autos: Cáceres, Héctor A. c/ Juan Zannier

Revista Nro: 20
Nro Página: 171

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