Costas
Obligación de pagar costas: carácter. / Art. 153 bis del C. de P.C.: ejecución de sentencia / Intereses /1. Si bien la deuda por costas es una obligación accesoria, en los presentes autos es incorrecto establecer la interdependencia entre la obligación principal y la accesoria ya que ésta opera cuando no existe una disposición legal o una convención particular que acuerde a cada deuda un régimen jurídico diverso. En la obligación principal se ha pactado abonar en el término de 45 días renunciando a l...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Rossi, Eduardo Domingo c/ Municipalidad de Córdoba
Revista Nro: 23
Nro Página: 156