Recurso de casación.
Admisibilidad formal: nuevo examen /1. Si bien media un primer análisis según el cual el agravio invocado concuerda prima facie con las normas que se estiman conculcadas, ello no es óbice para que el juzgador efectúe un nuevo examen cuando -como acontece en el sub examen- advierta la ausencia de determinadas exigencias legales, cuya observancia constituye un requisito de ineludible cumplimiento a fin de obtener un pronunciamiento re...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativo
Autos: Ingrassia, Mario O. V. c/ Municipalidad de Canals
Revista Nro: 25
Nro Página: 191