Propiedad horizontal

Bienes de uso común: uso legítimo / Cocheras / Reglamento de copropiedad: modificación / Prescripción adquisitiva: improcedencia /

1. Cada propietario podrá usar de los bienes comunes conforme su destino, sin perjudicar o restringir el legítimo derecho de los demás (conforme art. 3º, ley 13.512). Es así que usar el pasillo común como cochera exclusiva, en vez de dejarlo para el paso de los ocupantes del fondo es violar su destino. 2. El Reglamento de Copropiedad es un instrumento que puede ser modificado según la preceptiva...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Luque, Zaira E. c/ Narciso D. Aguad

Revista Nro: 129
Nro Página: 135

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