Recurso de casación.

Inobservancia de formas procesales / Improcedencia / Fundamentación de la sentencia: discrepancia entre los argumentos de la mayoría y la minoría / Validez. Daño moral: carácter personalísimo. Herederos forzosos: acción no iniciada en vida del difunto. Reclamación iure propio no concretada /

1. El Tribunal de juicio puede cumplir con el deber de motivar la sentencia mediante el voto de la mayoría. El reproche consistente en la inobservancia de las reglas conminadas bajo sanción de caducidad, inadmisibilidad y nulidad no puede ser acogido, desde que en el recurso se tomaron como base los argumentos de la minoría y no los de la mayoría, cuyos fundamentos -por no ser objeto del recurso- ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Cesarín, José Angel y otros

Revista Nro: 32
Nro Página: 166

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase