Daños y perjuicios
Obligación de reparar / Alcances / Menoscabo en una pared /La obligación de reparar consiste en volver las cosas al estado en que se encontraban al momento de producirse el siniestro (art. 1083 C.C.). Por ende, el menoscabo que se produce en una pared que tiene que ser modificada -al menos en su pintura- conlleva un detrimento a la totalidad del ambiente en el que está emplazada, salvo que se alegue y demuestre que no conforma esa totalidad, o admite algu...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C.,
Autos: Bosy, Ricardo c/ I.M.Z.A. S.R.L.
Revista Nro: 40
Nro Página: 225