Derecho previsional

Ley de solidaridad previsional / Apelación ordinaria ante la C S J N / Constitucionalidad de la norma /

Si bien la Corte acató hasta el presente la jurisdicción reglada que el Poder Legislativo le ha asignado mediante el recurso en cuestión, ello no lo inhabilita para declarar que la disposición impugnada, aunque no ostensiblemente incorrecta en su origen, ha devenido indefendible, ya que no se adecua a los fines tomados en consideración para su sanción (del...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Itzcovich, Mabel c/ ANSeS

Revista Nro: 99
Nro Página: 158

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