Concubinato
Prueba de la sociedad de hecho / Elementos probatorios admisibles /Acreditada la convivencia more uxiorio doctrina y jurisprudencia han sostenido con harta frecuencia que el concubinato, por sí mismo, no implica la existencia de una sociedad. Esta convivencia, no genera per se derechos, debiendo acreditarse la existencia de una sociedad.
Para acreditar la existencia de la sociedad de hecho, es válido todo tipo de prueba aun cuando se hayan puesto reparos respec...
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y del Trab. de Bell Ville
Autos: Orellano, Víctor M. c/ Nilda A. Echegaray
Revista Nro: 46
Nro Página: 255