Contencioso administrativo

Objeto / Revisión de la actividad administrativa /

El objeto del contencioso administrativo es eminentemente revisor de la actividad administrativa, concretándose en la eventual anulación de actos dictados en esa sede. El máximo tribunal de la provincia tiene dicho: «Los extremos a que debe ceñir el Tribunal su decisión en función del art. 38 C.M.C.A., los constituye el «punto» que dio lugar al litigio, ya que atento la función revisora, el Tribun...
Tribunal: Cámara 1ª Cont. Adm.
Autos: Moro-ni, Jorge c/ Mdad. de Cba.

Revista Nro: 47
Nro Página: 212

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