Trabajo agrario

Personal no permanente / Remuneración / Comisión Nacional del Trabajo Agrario / Facultades. Salario por tiempo y a destajo. Inclusión del S.A.C. /

La Comisión Nacional del Trabajo Agrario creada por el art. 85 ley 22.248, tiene facultades normativas expresas en cuanto a la determinación del salario a destajo, la tarifa mínima o salario mínimo garantizado y la determinación de las modalidades en el cálculo del S.A.C. (art. 86, inc. c). . La Comisión Nacional del Trabajo Agrario se encuentra facultada a incluir en la remuneración el S.A.C....
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Bell Ville
Autos: Aguirre, José y otros c/ Cis-neros y Bengoechea y otros

Revista Nro: 48
Nro Página: 293

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