Recurso de casación
Límites a la potestad del tribunal de reenvío /Luego del acogimiento de un recurso de casación deducido por el motivo formal (art. 468 inc. 2, C.P.P.), la nueva decisión emanada del tribunal de reenvío tiene un triple límite: a) el principio de la reformatio in peius prohíbe que la segunda decisión provoque un resultado lesivo al interés de quien recurrió la anterior; b) el thema decidend...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Pérez, Luis Daniel
Revista Nro: 98
Nro Página: 239