Derecho previsional

Jurisdicción contencioso administrativa / Admisibilidad / Carencia de los presupuestos procesales / Imprescriptibilidad e irrenunciabi-lidad de los derechos jubilatorios /

De conformidad con el art. 26 C.P.C.A., la carencia de los presupuestos procesales inexcusables para la admi-sibilidad de la jurisdicción contencioso administrativa debe ser opuesta únicamente como excepción de incompetencia, en forma de artículo previo....
Tribunal: Cámara 1ª Cont. Adm.
Autos: Sán-chez, Benigna c/ Caja de Jubila-ciones, Pensiones y Retiros de Córdoba

Revista Nro: 58
Nro Página: 222

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