Contrato de trabajo
Contrato a prueba / Alcance /Luego de iniciada la relación laboral por tiempo indeterminado, no puede el empleador convertirla en un contrato «a prueba». Es clara la norma del art. 92 bis L.C.T., cuando expresa que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros tres meses.
Si la vigencia del contrato comenzó con anterioridad al despido, tal como fue acreditado y no se e...
Tribunal: Cámara C. y C., de Flia. y del Trab. de Río Tercero
Autos: Páez, Viviana del Carmen c/ Alberto Saffadi y/o Estación de Servicios San Lorenzo
Revista Nro: 62
Nro Página: 200