Recurso de casación
Non bis in idem / Prohibición de doble valoración /De ningún modo una circunstancia fáctica que agrava la escala penal puede valorarse doblemente: como calificante en el tipo penal y como agravante en la individualización judicial. Ello obedece a que su consideración más gravosa ya fue motivo de valoración por parte del legislador a los efectos de la estructuración del respectivo tipo penal y, por ende, cometido el delito, su nueva selección por e...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Reyna, Verónica del Valle y otra p.ss.aa. de homicidio, etc.
Revista Nro: 64
Nro Página: 215