Responsabilidad civil

Cargas dinámicas de la prueba /

El profesional debe probar que su actuar se ajustó a la conducta debida conforme la naturaleza de la obligación y las circunstancias relativas a las personas, el tiempo y el lugar (art. 512 C.C.), máxime tratándose de un profesional cuya diligencia debe apreciarse con más rigor atento que su mayor conocimiento le exige actuar con exceso de celo por estar en juego la salud de las personas (art. 902...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Arévalo, Ramón Carlos c/ Sanatorio Allende S.A.

Revista Nro: 68
Nro Página: 241

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