Daños y perjuicios
Indemnización por muerte / Cálculo /La vida humana no tiene por sí un valor económico, razón por la cual su pérdida no puede indemnizarse a título de daño patrimonial sino en tanto y cuanto represente un detrimento de ese orden para quien reclama la reparación.
Ha de estimarse que el porcentaje de los ingresos probables del fallecido con el cual presumiblemente ayudaba el hijo a la madre, debe establecerse -valorando las testimonia...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Torrez Pérez de Pazos, Teresa María c/ Sindicato de Prensa de Córdoba y
Revista Nro: 69
Nro Página: 235