Juicio ejecutivo

Excepción de pago / Prueba: consideraciones generales / Reconocimiento de pago parcial / Eficacia del reconocimiento frente a la codemandante /

En el juicio ejecutivo la excepción de pago sólo puede probarse mediante recibo u otro documento análogo, emanado del titular del crédito, con referencia clara e indubitable a la deuda que se ejecuta, de manera tal que no deje lugar a duda alguna acerca de la extinción de la obligación, sin necesidad de otra indagación al respecto. Pero si en el juicio una de las actoras ha confesado la recepción...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Rotelli de Roccia, María y Alicia Lingua c/ Bibiana Arias Amprino - D.P.V.E

Revista Nro: 70
Nro Página: 249

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