Acción reivindicatoria

Ampliación de demanda / Carácter excepcional / Obligación del tenedor /

La regla del art. 2782 C.C. expresa que la reivindicación puede dirigirse contra el que posee a nombre de otro. Este no está obligado a responder la acción si declara el nombre y la residencia de la persona a cuyo nombre la tiene. Desde que así lo haga, la acción debe dirigirse contra el verdadero poseedor de la cosa. El tenedor no tiene obligación de responder a la acción de reivindicación sino ...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Cracel de Cuevas c/ José Casimeiro

Revista Nro: 77
Nro Página: 298

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