Colegios profesionales

Medidas preventivas / Suspensión / Casos en que procede / Evaluación: discrecionalidad /

En el marco de las atribuciones legalmente otorgadas, la norma contenida en el art. 75 de la ley 5805 faculta a dicho órgano a suspender preventivamente en la matrícula a aquel profesional que hubiera sido procesado, si los antecedentes del imputado y las circunstancias del caso demostraren la inconveniencia de su ejercicio profesional. El uso de esta facultad importa indudablemente actividad adm...
Tribunal: T.S.J. en pleno
Autos: Moscovich, Fabián D. c/ Tribunal de Disciplina de Abogados de Córdoba - Amparo - Apelación - Recurso de casación

Revista Nro: 79
Nro Página: 279

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase