Ejecución de la pena

Derecho de visita / Niño víctima del delito / Restricción por riesgo victimológico /

El art. 23 del Anexo II, del decr. 343/2008 dispone que “El área de trabajo social realizará las recomendaciones que fueran necesarias para que las víctimas de maltrato y/o delitos sexuales (niños o adultos) no concurran como visitantes, debiendo informar a las autoridades en cada caso particular”. La norma aludida requiere que se trate de “víctimas”. Por su parte, el art. 4º del citado Anexo II, ...
Tribunal: Juzgado de Ejecución Penal de 1ª Nominación
Autos: Villafañe, Fernando David s/ Ejecución de pena privativa de la libertad

Revista Nro: 172
Nro Página: 310

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