Terceros
Posesión / Inmueble familiar / Mejoras / Testigos: eficacia probatoria de sus dichos /El reconocimiento de la propiedad en otro es incompatible con la posesión, que es definida en el art. 2351 C.C. como la situación en que alguna persona, por sí o por otro tiene una cosa bajo su poder con intención de someterla al ejercicio de un derecho de propiedad.
Es corriente que cuando se habita el inmueble familiar, sea de propiedad de uno o ambos cónyuges, sea el matrimonio tenido por du...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Oliva, Emma Antonia - Usucapión - Medidas preparatorias para usucapión
Revista Nro: 172
Nro Página: 290