Servidumbre

Uso público de la cosa: efectos /

La sola utilización o el uso y goce por «todos» de algún terreno, no traspasa el bien al dominio público (art. 2348 C.C.) que sigue perteneciendo a sus propietarios, según títulos, a despecho de que el uso aparezca como «público» y figure así en constancias catastrales. No se altera la pertenencia dominial, salvo que medie algún factor que modifique dicha situación (expropiación por el Estado; con...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Sarmiento, José Rosas c/ Américo González -Restablecimiento de servidumbre de paso

Revista Nro: 81
Nro Página: 269

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