Juicio ejecutivo

Cancelación de la deuda / Idoneidad de los documentos en que se funda /

La excepción de pago debe fundarse en documentos de los que surja en forma clara su referencia a la deuda que se ejecuta, es decir que no quede atisbo de duda alguna respecto de la cancelación de la deuda. Para que la excepción de pago prospere, el instrumento debe probar acabadamente que la entrega de dinero se efectivizó y la vinculación indiscutible con la deuda que se ejecuta. Mas, para ello, ...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C.
Autos: Kitroser, Héctor M. c/ César W. Dinia - Ejecutivo

Revista Nro: 81
Nro Página: 263

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