Recurso de revisión

Condena en costas / Excedente del tope legal / Prorrateo: pbligados al pago /

El excedente del tope legal de la condena en costas, queda fuera de dicha condena, debiendo ser prorrateado entre los beneficiarios (art. 505 C.C., seg. ley 24.432) es decir, entre los comitentes. Ello porque la causa del derecho a cobrar honorarios es el contrato celebrado entre el abogado y su cliente y éste es el deudor primero de esa obligación....
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Urquiza, Marcelo Javier p.s.a. de homicidio culposo - Recurso de casación

Revista Nro: 82
Nro Página: 285

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