Arma de fuego

Resistencia a la autoridad y robo / Violencia ejercida luego del apoderamiento y rechazo activo a la acción ejecutiva de la orden legítima de la autoridad. /

El delito de robo, en su forma básica (art. 164 C.P.) exige que la violencia ejercida tenga lugar antes del desapoderamiento ilegítimo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad. La violencia ejercida luego de consumado el apoderamiento debe circunscribirse a la desplegada en el mismo contexto de la aludida acción, para pr...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Rodríguez, Nelson Adrián y otro

Revista Nro: 98
Nro Página: 182

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase