Desalojo

Prueba documental / Oportunidad para su ofrecimiento / Amplitud temporal /

No es exacto que la documentación acreditante de la condición de propietario del inmueble objeto de la acción de desalojo, deba necesariamente ser presentada con la demanda. De conformidad a lo prescripto en la parte final del art. 507 C.P.C.C., en este juicio rige la amplitud temporal para el ofrecimiento de prueba documental que establece el art. 241, según el cual dicha prueba puede ofrecerse, ...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Toma, Sebastiana c/ Manuel Reyes Silva - Desalojo

Revista Nro: 82
Nro Página: 242

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