Acción civil en sede penal
Acción civil en sede penal. / Principio dispositivo /En materia de derechos privados las partes son dueñas del objeto del proceso, en el sentido de que disponen libremente la extensión de la materia litigiosa sometida a conocimiento del juez, cuyos poderes, concebidos teóricamente con una amplitud igual a su propia competencia, en la práctica quedan reducidos a los límites de las peticiones de las partes, fuera de las cuales no está autorizado a pro...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Francescutti, Sebastián Eduardo y otros p.ss.aa. de homicidio culposo
Revista Nro: 83
Nro Página: 274