Conducta procesal
Abogado / Violación al principio de moralidad / Potestad sancionatoria: alcance /La declaración de la deserción del recurso, como la carencia de razón en el planteo, no importan, necesariamente, una violación al principio de moralidad procesal, por lo que la doctrina se pronuncia por reservar la aplicación de la potestad sancionatoria del art. 83 C.P.C., sólo a aquellos supuestos de real gravedad, de inconducta grosera, por lo que en caso de duda razonable debe estarse por la ...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Osorio, Adhelmo c/ Cirilo Francisco Baroffio y otro
Revista Nro: 85
Nro Página: 217