Sentencia
Nulidad de la resolución /Cuando se discute uno de los extremos fácticos que obra como presupuesto de procedencia de un rubro resarcitorio reclamado, corresponde que el a quo ingrese a su análisis y motivadamente se pronuncie al respecto. Al no hacerlo, la decisión que desoye la controversia carece de apoyatura lógica y debe anularse. No es otra la solución que deviene de lo dispuesto por el art. 406 C.P.P. que establece ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Simonit, María Leticia p.s.a. homicidio culposo - Recurso de casación
Revista Nro: 87
Nro Página: 223