Contrato de trabajo
Subcontrato / Vínculo laboral entre el beneficiario del trabajo y el trabajador /Cuando una persona presta servicios en provecho de otra, pero vinculada en subordinación con un tercero interpuesto, sea contratista o subcontratista, no existe vínculo laboral entre el beneficiario de los servicios prestados y los trabajadores que los realizan; la relación jurídica de trabajo sigue siendo una sola y no es otra que la entablada con el operario y el contratista o subcontratista (de...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Herrero, María Cristina
Revista Nro: 88
Nro Página: 257