Competencia

Domicilio que determina la competencia: domicilio real al momento de iniciar la demanda. Interpretación de la norma /

No corresponde interpretar que del art. 9º de la ley 7987, surge que el domicilio del actor, para determinar la competencia, debe ser el que tenía al momento del despido, pues ello implica adicionar al texto legal una propiedad que la directiva no contiene y, consecuentemente, altera la decisión legislativa. El art. 9º apartado c) del inc. 1 de la ley 7987, le otorga la opción al actor trabaja...
Tribunal: Cámara de Trabajo, Sala II
Autos: Maldonado, Lucía Paola c/ Sabagh, Raúl

Revista Nro: 169
Nro Página: 215

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