Municipalidad

Conflicto municipal interno / Supuestos / Desencuentro institucional /

En el marco delimitador del art. 165, inc. 1 apartado “c” de la Constitución Provincial, lo normado por el art. 128 de la ley 8102 y la doctrina judicial sentada por este alto cuerpo, el conflicto municipal interno puede configurarse a partir de dos supuestos diferentes, como conflicto de competencia entre los departamentos o autoridades que componen el gobierno municipal, o como un desencuentro ...
Tribunal: T.S.J. en pleno
Autos: Nievas, Gustavo Dino - Concejal de la Municipalidad de Villa del Totoral

Revista Nro: 170
Nro Página: 289

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