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Prórroga del contrato de seguro / Gestión ante la aseguradora por correos / Gestión ante la aseguradora por correos /

La gestión de la demandada ante la aseguradora a través de correos, ha sido tenida por cierta, por acreditada por el juzgador según sus propios términos, lo que no habiendo sido apelado por la aseguradora ha adquirido firmeza (art. 128 C.P.C.C.) y no puede ponerse ya en tela de juicio, ni seguirse discutiendo ante la alzada. Sin perjuicio de ello, resulta aplicable el art. 4º, 3er párr., L.S. 17.4...
Tribunal: Cámara 7ª C.y C.
Autos: Salas, Lorenzo Pedro c/ Nausneris, Silvia

Revista Nro: 169
Nro Página: 239

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