Accidente de trabajo


Si el decr. 1694/09 tuvo por objeto actualizar los valores prescriptos en el decr. 1278/00, reglamentario de la ley 24.557 -que llevaba más de 8 años de vigencia con importes “históricos”- no se observa cuál es la razón para no reconocerles a todos aquellos trabajadores que aún no habían percibido sus indemnizaciones a tal altura, ese “piso mínimo” que allí se dispone, contraviniendo lo normado po...
Tribunal: Cámara del Trabajo de Córdoba, Sala III
Autos: Cáceres, Adriana del Valle c/ Asociart A.R.T. S.A. ley 24.557

Revista Nro: 148
Nro Página: 177

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase