Recurso de casación
Nulidades procesales / Distinción entre nulidades absolutas y relativas / Posibilidad de subsanación /En materia de nulidades procesales, la nulidad relativa es la regla y la absoluta la excepción. Dicha clasificación, por cierto, se relaciona con las posibilidades de subsanación de las partes de los actos defectuosos. Son absolutas las nulidades que afecten una garantía constitucional indisponible por los interesados, como lo es, por ejemplo, la de defensa en juicio en el ámbito penal. En cambio ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Peralta, Santiago Guillermo p.s.a. amenazas, etc
Revista Nro: 167
Nro Página: 285