Unificación de penas
Condena de ejecución condicional / Efectos / Regla del C.P.: alcance / Implicancia en la unificación de penas /En los casos de condena de prisión temporal de ejecución condicional (art. 26 C.P.), lo que queda suspendido es el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, de modo tal que la referencia del art. 27 C.P. a que la condenación debe tenerse como "no pronunciada" pasados cuatro años sin que el condenado quebrante cláusula compromisoria alguna, debe entenderse orientada a la pena impuesta...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Pezoa, Marcos p.s.a. abuso sexual continuado
Revista Nro: 164
Nro Página: 367