Abuso sexual

Víctima mayor de trece años: modalidades típicas / Abuso cometido con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima / Bien jurídico protegido /

El contacto sexual con personas mayores de trece años de edad sólo será punible bajo la óptica del art. 119 C.P., cuando medie una situación de especial vulnerabilidad de la víctima o bien alguna de las modalidades coactivas previstas por la norma que le impidan a aquélla consentir libremente la acción del agente. Los medios de los que puede valerse el sujeto activo para llevar a cabo la acción co...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Marasso, Oscar Alberto p.s.a. abuso sexual con acceso carnal agravado

Revista Nro: 163
Nro Página: 263

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