Sentencia

Encubrimiento por receptación / Noción / Noción /

La figura de encubrimiento por receptación (art. 277 inc. 1 c, C.P.) reprime a quien adquiriere, recibiere u ocultare dinero, efectos o cosas provenientes de un delito preexistente, al cual la conducta del autor de encubrimiento no debe estar causalmente unida, ni objetiva ni subjetivamente, ni obedecer a promesa anterior. Recepta el producto de un delito el que lo adquiere o recibe del delincuent...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Pintos, Héctor Luis p.s.a. portación ilegal de arma de uso civil, etc.

Revista Nro: 160
Nro Página: 277

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase