Admiten embargo preventivo sobre sueldo en un juicio múltiple por cobro de pesos
Causa: "Más
Beneficios S.A. c/ Moreno, José David – Presentación Múltiple – Abreviados –
Cuerpo de Copia".
Fecha: 31 de mayo de
2018.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 4°
Nominación de la ciudad de Córdoba acogió el recurso de apelación presentado
por una empresa financiera, que solicitó, en la demanda, que se trabara embargo
sobre sueldo de su deudora. La petición había sido denegada por el juez de
primera instancia, porque entendía que, en el marco de un juicio por cobro de
pesos (declarativo), la normativa vigente limitaba el embargo preventivo de
sumas de dinero, entre lo que incluyó los sueldos.
A partir de la interpretación sistémica de la norma procesal
y del Código Civil y Comercial de la Nación, el tribunal de apelaciones admitió
el pedido de la cautelar. En la resolución, los camaristas destacaron, entre
otros aspectos, que "debe tenerse presente que el supuesto de hecho contenido
en la norma, y que provoca la consecuencia jurídica sostenida por el Juez 'a
quo', alude a los bienes productores de rentas o frutos" y, en efecto los
haberes de un trabajador no son bienes productores de rentas o frutos, sino un
fruto civil en sí mismo susceptible de embargo. Los bienes presentes y futuros
del deudor constituyen la garantía común de sus acreedores.
En referencia al acreedor, la Cámara agregó que "no se
vislumbra ejercicio abusivo del derecho", ya que existe una limitación en orden
al monto en que se puede trabar el embargo, en protección hacia el deudor por
el carácter alimentario de los haberes.
Asimismo, la resolución añadió que "disponer medidas
cautelares sobre bienes que no son dinero podría judicialmente tornarse más
gravoso para el demandado", pues traería aparejado mayores costos y que,
además, le cabe a éste la posibilidad, en su caso, de solicitar la sustitución
del embargo bajo ciertas condiciones.