Declaran confidencial una causa judicial iniciada por el cobro de tributos
La medida puede tramitarse en los Juzgados de Ejecuciones
Fiscales cuando la deuda ha sido totalmente abonada. Esto evita que el
contribuyente sea incluido en registros de deudores.
El juez Julio Viñas, titular del Juzgado de Ejecuciones
Fiscales N°1 de esta Ciudad, ordenó declarar la confidencialidad en una causa
por cobro de tributos, a solicitud del contribuyente demandado. El magistrado
hizo uso de la facultad concedida por la Resolución N° 2 del año 2008 dictada
por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), la cual habilita al juez para
decretar la confidencialidad de una causa cuando se encuentra concluida o
terminada por haber sido "totalmente abonados" los créditos y servicios
correspondientes, no existan entre las partes prestaciones recíprocas
pendientes de satisfacción y haya sido pagada la tasa de justicia.
La mencionada resolución prevé que estas condiciones
"deberán ser verificadas por el tribunal a petición de la parte interesada,
previa vista o conformidad de la contraria, motivada por la carencia de interés
jurídico en el acceso indiscriminado e irrestricto para terceros a los datos
que hubieran perdido ya vigencia, al haberse concluido de manera efectiva el
pleito."
En la causa puesta a consideración del juez Viñas, las
partes habían arribado a un acuerdo manifestando que no existían sumas
adeudadas mutuamente. Por ese motivo y en razón de haberse cumplimentado con el
pago de la tasa de justicia, el magistrado declaró la confidencialidad de dicha
causa judicial, quedando velada para terceros ajenos al tribunal, toda
información relativa al expediente contenida en el Sistema de Administración de
Causas del Poder Judicial (SAC).
De este modo, el contribuyente no podrá ser incluido en los
registros de deudores tales como Veraz o Seven con motivo de ese pleito, dado
que dichas entidades, así como cualquier otro usuario, no tendrán acceso a la
información referida al expediente, justamente, por su carácter confidencial.