La Corte Suprema señala que un voluntariado no constituye relación de trabajo

SENTENCIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

24 de Mayo de 2018

 

SINTESIS

 

Deja sin efecto la sentencia que hizo lugar a la demanda de indemnizaciones por despido y por falta de registro por concluir que entre la actora y la entidad demandada (una ONG dedicada a la recuperación de adictos) había existido una relación de dependencia. Sostiene que la Cámara prescindió de valorar pruebas que indicaban que en el caso de que haya habido prestación de servicios, las características de la relación eran propias de un voluntariado y no de una relación de trabajo. Agrega que la actora había concurrido a la entidad demandada para realizar un tratamiento y que con posterioridad comenzó voluntariamente a colaborar en las tareas de necesidad, sin percibir remuneración por ello, y que la vivienda de propiedad de la institución que ella habitaba no formaba parte de una remuneración, sino que formaba parte del tratamiento de rehabilitación.