El otorgamiento de un plan social no es incompatible con una relación de dependencia permanente

Sayas, Griselda Noemí c/ Bulca SRL y/o quien en definitive resulte empleador y/o responsable s/ indemnización, etc.

Fallo

Emitida el 28 de Julio de 2014

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

CORRIENTES,Corrientes

 

SINTESIS

Plan jefas y jefes de hogar. Declara válida la sentencia que determinó que la actora se desempeñó como trabajadora permanente en el establecimiento agrícola demandado. Refiere que los testimonios reunidos fueron conducentes a la hora de desentrañar la controversia. Por otro lado agrega que, no obsta a tal conclusión, el otorgamiento a favor de la actora de un Plan Jefes y Jefas de Hogar. En efecto, no existe impedimento alguno para que el beneficiario de un plan social preste servicio en relación de dependencia, con la sola obligación de dar aviso y del efecto suspensivo del beneficio impuestos por los arts.1°) y 2°) de la Res. 406/2.003 M.T.E.S.S., lo que implica lisa y llanamente que el vínculo laboral en relación de dependencia es absolutamente neutro a la contingencia socioeconómica del trabajador y a la providencia asistencial del Estado.

SENTENCIA:

https://www.sendspace.com/file/zq65p3