La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la competencia del fuero en un planteo sobre Impuesto a las Ganancias
La Sala II de la Cámara Federal
de la Seguridad Social declaró la competencia del fuero en un planteo relativo
al Impuesto a las Ganancias, señala Diario Judicial.
En la causa "C. M. A.c/ ANSES
s/Reajustes Varios", el demandante solicitó el reajuste de su haber
previsional, por considerar que el mismo se encuentra erróneamente calculado, y
también la movilidad posterior con ajuste a lo establecido por la Corte en
diversos precedentes.
Además manifestó que la
prestación de la que es titular "no puede ser pasible de ningún tipo de
imposición tributaria que desnaturalice su carácter integral e irrenunciable",
razón por la cual solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo
79 inciso "c" de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
El demandante inició dicha
demanda ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº
5, cuyo titular se declaró incompetente en lo que refiere al planteo relativo a
Ganancias y, en consecuencia, remitió las actuaciones a la Justicia en
Contencioso Administrativo Federal.
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"excluidos"
Sin embargo, el magistrado
también declaró su falta de aptitud jurisdiccional para conocer en los actuados
y los remitió nuevamente al Juzgado de origen, razón por lo cual su titular
elevó las actuaciones a la Alzada.
En tanto, la Cámara Federal de la
Seguridad Social señaló que la posible afectación de diversos principios
constitucionales como consecuencia de una quita confiscatoria o muy
significativa sobre el haber de una persona en situación de pasividad, "le
impone al juez de la Seguridad Social el deber constitucional y legal de velar
por su intangibilidad e irrenunciabilidad".
Para los magistrados, "no hay
dudas que es el juez de la seguridad social el que debe velar por la protección
de cualquier prestación vinculada a esta materia cuando, como en el caso, su
poder adquisitivo fuera afectado por una quita que el actor tachara de
inconstitucional".
"El accionante no cuestionó en su
demanda únicamente la razonabilidad o legalidad de un tributo o gabela -lo cual
sí ameritaría el conocimiento del juez con competencia en materia tributaria-
sino la posible afectación del poder adquisitivo de su haber previsional por
causa de un cargo o gravamen que tacha de inconstitucional por confiscatorio",
añadió el Tribunal en el fallo dado a conocer por Diario Judicial.
De esta manera, los vocales consideraron que la pretensión de la actora "atañe de manera directa al derecho de la seguridad social al estar en juego la integridad de su haber previsional", por lo que remitieron las actuaciones al Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 5.