Demanda colectiva por el cobro de gastos por parte de una tarjeta de crédito
Causa: "Usuarios y Consumidores Unidos C/ Banco Hipotecario SA.
Abreviado"
Fecha: 28 de septiembre de 2017.
La jueza en lo Civil y Comercial
de 15.º Nominación, Laura Mariela González de Robledo, decidió dar trámite a la
demanda colectiva promovida por la asociación Usuarios y Consumidores Unidos
contra el Banco Hipotecario SA con el fin de que éste deje de cobrar a los
usuarios de las tarjetas de crédito VISA emitidas por la entidad la sumas de
dinero en concepto de "recupero de gastos de gestión de cobranza", que según la
demandante constituye una práctica abusiva prohibida por la legislación
vigente. La magistrada puso en conocimiento lo resuelto con el fin de que todas
las personas comprendidas por el colectivo identificado tengan la oportunidad
de ser excluidas.
En el decreto mediante el cual ha
admitido la demanda colectiva, la jueza esgrimió que, en la demanda presentada
por la asociación, se había identificado "el colectivo" o "clase" supuestamente
damnificado, lo que ponía de manifiesto que se trata de un caso en el que está
involucrada "la tutela de derechos de incidencia colectiva referentes a intereses
individuales homogéneos"; esto es, que se pueden sustanciar en un único proceso
colectivo, razón por la cual los interesados en ser excluidos de la "clase"
tienen la oportunidad de manifestarlo.
De acuerdo con la magistrada, en
virtud de un primer análisis y sin perjuicio de lo que pudiera resolverse, se
encontraría verificada: a) la causa fáctica homogénea o común de afectación, b)
una pretensión concentrada en los efectos comunes y c) un interés individual
que, considerado aisladamente, no justificaría en principio la promoción de una
demanda en forma individual, sino con carácter colectivo.
Por todo ello y teniendo en
cuenta que no está regulada procesalmente la forma de sustanciar este tipo de
casos no obstante estar reconocidos por la Constitución Nacional (artículo 43),
la jueza resolvió que correspondía admitir la demanda en clave colectiva e
imprimirle el "trámite de juicio abreviado con las adaptaciones necesarias
según la naturaleza de la acción incoada".
Planilla
Como consecuencia, además de
citar al Banco Hipotecario SA (para que comparezca y conteste la demanda) y de
dar intervención al Ministerio Público, la jueza decidió poner "en conocimiento
del presente reclamo a todos aquellos que eventualmente pudieran sentirse
comprendidos en el 'colectivo' identificado por la parte actora, al solo efecto
de que manifiesten su voluntad en contrario, con el fin de que sean excluidos
de la 'clase'". Con tal fin se habilitará una planilla que podrán suscribir
hasta el momento en que la causa quede en estado de ser resuelta, sin necesidad
de que a este trámite lo concreten mediante patrocinio letrado.
Asimismo, para dar mayor difusión
a lo dispuesto, se ordenó la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en
el diario La Voz del Interior durante cinco días. En el mismo sentido, se
dispuso que, en las sucursales con las que el Banco Hipotecario SA cuenta en
Córdoba y en la página web de la institución, se coloquen carteles indicativos
en los que, en forma sucinta, se precise la existencia de esta demanda
colectiva, así como de la posibilidad de ser excluido del colectivo
identificado.