Una jueza federal le ordenó al Gobierno que restablezca las pensiones por discapacidad
La decisión del Gobierno nacional
de dar de baja a miles de pensiones no contributivas de invalidez sufrió un
revés en los tribunales.
La jueza federal Viviana Piñeiro
se pronunció a favor de un amparo colectivo solicitado por una particular y
respaldado judicialmente por el diputado nacional Sergio Massa y el ex
viceministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo.
La magistrada resolvió hacer
lugar a una medida de no innovar e intimó al Ministerio de Desarrollo Social
para que dentro de ocho días arbitre las medidas necesarias tendientes a
restablecer los beneficios sociales que fueron suspendidos mientras se tramita
la causa principal.
La sentencia interlocutoria
alcanza a todos los beneficiarios que residen en los partidos de San Martín y
Tres de Febrero. La jueza se declaró incompetente para decidir sobre el resto
del país y giró el expediente a la Cámara de San Martín para que se expida al
respecto.
A mediados de junio, el Poder
Ejecutivo anunció que revisaría 70 mil pensiones. La decisión generó una fuerte
polémica y obligó a la titular del área, Carolina Stanley, a retractarse
públicamente.
Sin embargo, la magistrada
precisó que de los informes producidos por el Estado Nacional "no surge la
voluntad" de restablecer los beneficios, indicó Infobae.
El pronunciamiento de la titular
de juzgado federal de la seguridad social N. 10 surgió a raíz de una
presentación de Dora Haydee Ortiz en representación y como curadora de José
Carlos Giménez y de todas las personas con discapacidad beneficiarias de
pensiones no contributivas cuyo subsidio fue suspendido, quien solicitó la
declaración de inconstitucionalidad de la disposición 549, del artículo 9° de
la ley 18.910 y del decreto 432/87.
De acuerdo al citado portal,
Massa y Arroyo se sumaron en virtud del artículo 43 del Código Civil y
Comercial, que le permite al interesado proponer al juez la designación de una
o más personas de su confianza para que le presten apoyo durante el proceso.